El viernes 21 de mayo tuvo lugar el webinar “El derecho y la justicia en tiempos del coronavirus”, organizado por la Fundación Independiente en colaboración con el despacho de abogados Cremades & Calvo-Sotelo, sobre el impacto y las principales implicaciones jurídicas del coronavirus para todos los ciudadanos.
Presentado por los presidentes de ambas entidades, Aldo Olcese y Javier Cremades respectivamente, fue moderado por Alfredo Dagnino, abogado-socio de Cremades & Calvo-Sotelo y vicepresidente de la Fundación Independiente. Intervinieron los abogados-socios de Cremades & Calvo-Sotelo: Ángel Fernández-Albor Baltar, catedrático de Derecho Mercantil; Carlos de la Mata Gorostizaga, vicepresidente de Cremades & Calvo-Sotelo y abogado del Estado; Vicente Conde Martín de Hijas, magistrado del Tribunal Supremo (1976/2011); Rafael Fernández Montalvo, magistrado del Tribunal Supremo (1980/1990); y Juan Cesáreo Ortiz Úrculo, Fiscal General del Estado (1996-1997).
El presidente Aldo Olcese inició su presentación agradeciendo la colaboracion del despacho Cremades & Calvo-Sotelo indicando que la Fundación Independiente había organizado el webinar porque Cremades “siempre ha antepuesto la justicia al derecho y eso les honra”. La justicia y el derecho en estas circunstancias son especialmente sensibles y todos nos hemos sentido concernidos por todo lo que está ocurriendo. Es un periodo complicado de la historia de España.
Javier Cremades por su parte agradeció la invitación a participar y compartir un espacio de trabajo y reflexión en la Fundación Independiente comentando que se reflexionaría sobre las circunstancias de hoy en día y de “cómo se puede soñar y vivir en un mundo donde nos respetemos los unos a los otros en un estado de derecho”.
Una vez iniciado el webinar, Alfredo Dagnino presentó los temas a tratar y expuso una serie de reflexiones sobre la justicia y el derecho en estos momentos. Para Dagnino la crisis sanitaria nos ha llevada a una situación de emergencia nacional con consecuencias terribles para la vida de las personas. Hay que tomar conciencia de los límites del poder del estado en situación de crisis y no hay que descuidar el cumplimiento de la Constitución: primacía del estado de derecho, Constitución difícilmente modificable y mecanismos de control del estado. Hay que garantizar un régimen jurídico y democrático de convivencia, el sometimiento de todos al imperio de la ley, a separación de los poderes y la sagrada independencia del poder judicial. Sin todo ello, finalizó, unido a medios libres y plurales, se pueden desnaturalizar las instituciones y la libertad de los ciudadanos.
Planteó los temas a tratar desde la triple perspectiva de:
- el contexto del estado de alarma
- Incidencia del estado de alarma en los derechos y libertades de las personas
- Afectación del sistema de controles con incidencia en las cortes generales y el normal funcionamiento de los poderes del estado.
Dio la palabra a Carlos de la Mata, quien fue el encargado de hacer un análisis general de lo que se iba a hablar.
Para el vicepresidente de Cremades & Calvo-Sotelo, la característica más acusada que estamos viviendo ahora es que estamos en presencia de una legislación extraordinaria, de carácter excepcional pero también temporal y su proporcionalidad se verá cuando entren en funcionamiento los mecanismos de control jurídico.
El decreto de alarma es una decisión gubernamental y su prolongación obliga al gobierno a plantearlo al parlamento. Habilita al gobierno para tener una capacidad normativa y de ejecución extraordinaria haciendo que el gobierno sustituya al parlamento y rompiendo el equilibrio de poderes y territorial de reparto de competencias con las comunidades autónomas.
Otra cuestión son las consecuencias de la limitación de derechos y libertades individuales. El concepto confinamiento no existe en nuestro ordenamiento jurídico, existe la limitación de movimientos y otros aspectos económicos, sociales, empresariales etc…
Según su punto de vista, en el futuro, la crisis va a provocar un cambio en los hábitos sociales. Es evidente que si las conductas sociales cambian las leyes tendrán que cambiar tarde o temprano, pero, como dijo Platón, “hay que hacer leyes justas para hacer hombres justos”. Lo urgente va a a ser el tiempo de control. La función de control de los tribunales, que han estado muy parados y al final se acoplará la legalidad y se vera la constitucionalidad de los actos y de las normas.
Finalmente, habló del control de responsabilidades penales en las que hayan podido incurrir los responsables gubernamentales y la responsabilidad patrimonial del estado.
A continuación, intervino Vicente Conde que habló de la constitucionalidad de las medidas adoptadas. Para él, la situación de alarma, inédita en nuestra historia democrática, tiene unas enormes repercusiones políticas, sociales y jurídicas. siendo muy preocupante en lo social la alteración de la paz social. En cuanto a la repercusión jurídica, se ha abierto una etapa de disquisiciones y resoluciones que van a durar años. El panorama va a ser muy difícil.
La necesidad de la declaración del estado de alarma “no la pone en duda” pero antes de la declaración de la pandemia, había un “arsenal” de armas jurídicas que se podían haber utilizado y que no se han utilizado, como la ley de Salud Pública. No entra en si se hubiera declarado antes el estado de alarma la situación hubiera sido otra pero mecanismos había suficientes y queda una duda razonable.
Otra cosa son las medidas que se tomaron durante el estado de alarma puesto que producen una vulneración del marco jurídico. Se ha producido una anomalía en la producción normativa durante este periodo. Y le preocupa la tolerancia y la sumisión a la que ha llegado o han llevado a la sociedad y el aliciente para abusos futuros.
Rafael Fernández Montalvo habló sobre el impacto en la relación de las administraciones públicas con el ciudadano.
Bajo su punto de vista, la concentración de poder en el ejecutivo con la declaración del estado de alarma, la posibilidad de dictar órdenes y resoluciones sin control en ese estado de necesidad hace imprescindible el control político mediante la intervención del Congreso, control administrativo y sobre todo control judicial con el Tribunal Constitucional y la justicia ordenaría.
El estado de alarma ha influido en la contratación pública. Se han adoptado decisiones con carácter de urgencia y se han sustraído a los controles, aunque es cierto que ha sido necesaria la adaptación de la contratación pública en algunos servicios como el transporte, la limpieza, etc…
Hay una responsabilidad patrimonial de las administraciones. El gobierno prevé un crecimiento de las reclamaciones. Al estar en un caso de fuerza mayor como es la crisis del covid19, puede ser más difícil determinar las consecuencias compensatorias a una posible reclamación. Otra cosa es la gestión que de esa crisis haya hecho el ejecutivo.
El ex Fiscal General del Estado, Juan Ortiz Úrculo habló de la viabilidad de la exigencia de responsabilidades penales citando varios delitos de los que se podría establecer más claramente esa responsabilidad penal de la administración.
Mediante varios reales decretos se han modificado el desarrollo de algunas actividades que pueden llevar a responsabilidades penales una vez pasado el estado de alarma.
La administración central, ante informaciones que tenía previamente al estado de alarma, hizo dos cosas que no debió hacer, bajo su punto de vista: retrasar las medidas preventivas y en el acuerdo de estado de alarma, y en no buscar las medidas preventivas con antelación (compra de Epis, test, etc…).
En esta situación, la primera posibilidad que existe para reclamar responsabilidades penales es por imprudencia grave con resultado de muerte o lesiones porque no existe un delito de imprudencia con riesgo para la colectividad. Habrá que demostrar que el fallecido o el lesionado es a consecuencia por la acción y omisión de la administración y eso va a ser bastante difícil cuando se trata de una situación como la actual de pandemia con carácter general, Otra cuestión son situaciones particulares como lo sanitarios con material defectuoso. En relación con los trabajadores que resultaron infectados por falta de material de protección sí que se puede establecer que hubo un riesgo grave en la integridad e incluso la vida de esas personas.
Otra posibilidad es la lesión de la libertad de movimientos, de manifestarse o de reunirse y que pueden derivar algunos delitos.
Y la tercera posibilidad sería la malversación de caudales públicos porque se ha hecho uso de un dinero en la compra de equipos a veces defectuosos y no se sabe qué ha pasado con ese dinero, en qué se ha utilizado y cómo.
Finalizó las intervenciones Ángel Fernández-Albor hablando del impacto en la economía y en las empresas de la crisis del coronavirus.
En una situación de crisis económica como en la que estamos entrando y siempre que se produce, se tiene un protocolo abstracto de aplicar que consiste en analizar causas y consecuencias. En las causas hay que intervenir para controlarlas y en las consecuencias también para intentar mitigarlas.
En esta crisis, el problema está en la causa, que es sanitaria, lo que significa que la actuación sobre la crisis que va a estar mediatizada por las autoridades sanitarias y los aspectos sanitarios de la cuestión, pero no tiene que ser el único que tenga voz para tratar la crisis económica. Debe de haber un compromiso entre lo que es la sanidad y lo que es la política y que las decisiones finales se tomen desde el punto de vista político desde la perspectiva global de todos los problemas que se han planteado y no sólo el sanitario.
La mitigación de las consecuencias tiene que ir destinada a evitar la destrucción del tejido productivo. Se trata también de aplanar la “curva de la recesión” y ahí es donde están las medidas que se tienen que adoptar: movilización ingente de recursos, pero la manera de hacerlo marcará la diferencia. En España se ha enfocado fundamentalmente a través de los colaboradores del estado. Se han buscado herramientas de financiación de las empresas y el ataque a la demanda (bancos, ICO, ERTES…).
Para aplicar estas mediadas tenemos que conocer nuestro tejido productivo. Tenemos un millón y medio de autónomos y el resto son pymes, de las cuales la mitad son micro pymes. La mayor parte de las empresas son del sector servicios, un 80%, empresas muy pequeñas en un sector especialmente expuesto y vulnerable a crisis económicas. Con una economía industrial hay mejor capacidad de recuperación.
Las medidas que se tienen que adoptar tienen que ser claras y ágiles de aplicación. Cuando se trata de un problema general hay que solucionar los problemas generales sin perjuicio de aquellos particulares.
La crisis ha hecho que nos tengamos que adaptar rápidamente a una nueva realidad. Las empresas, por ejemplo, tendrán que adaptar los estatutos de las compañías a una nueva realidad de las nuevas tecnologías como las reuniones virtuales etc…
“La liquidez de hoy se paga con la deuda de mañana y esto puede ser un gran problema y no se está haciendo nada al respecto o se están retrasando procedimientos que al final se tendrán que solucionar”.
Las crisis son las crisis pero que una vez que pasan siempre hay cambios y normalmente a mejor y en el futuro veremos una reordenación de las relaciones comerciales, financieras, sociales etc.. a ver qué resulta de todo lo que está sucediendo.
Finalizadas las exposiciones, el moderador Alfredo Dagnino planteó varias de las cuestiones que habían realizado los asistentes a través del chat, centrándolas principalmente en la justicia como contrapeso.
Para Carlos de la Mata el poder judicial va a actuar y lo va a hacer bien y va a ser contrapeso contra los excesos que se hayan producido.
Juan Ortiz Úrculo se mostró de acuerdo con de la Mata, medios y presupuesto para hacer cumplir sus dictámenes. Y le falta porque por parte del ejecutivo le tiene que dar seguridad. Destacó la importancia de la justicia en la economía porque si funcionara bien, los jueces podrían ejercer su labor eficazmente y eso daría mucha seguridad a todos los niveles.
Fernández Montalvo está de acuerdo en que el único instrumento jurídico era el estado de alarma para gestionar la crisis, pero otra cosa son que las medidas que se toman durante el estado de alarma sean justificadas.
Otras de las numerosas preguntas planteadas hacían referencia a la vulneración de los derechos fundamentales y otros derechos.
Para Vicente Conde, en cuanto al derecho a la información, por ejemplo, el decreto no establece nada, pero la vulneración ha venido de la aplicación defectuosa de la norma. En cuanto a la geolocalización, sí que se ha vulnerado. En la libertad de empresas se ha invadido un área de derechos fundamentales no contemplado en un estado de alarma.
Para finalizar el coloquio, se habló sobre el escenario de la reactivación económica y un posible rescate de la UE y de una sentencia penal condenatoria por la gestión.
Para Ángel Fernández, en relación con la reactivación económica, dos o tres años va a ser el tiempo que se puede tardar en alcanzar los niveles anteriores a la crisis y probablemente la situación de endeudamiento de España sea tan delicada que no seamos capaces de generar los recursos necesarios para poderla reabsorber y el rescate se podrá producir.
Y sobre las responsabilidades penales, según Ortiz Úrculo, si se acreditan los hechos que hemos ido conociendo sí que habrá una sentencia condenatoria en algunos de los aspectos citados anteriormente.
Cerró el webinar el presidente de la Fundación Independiente, Aldo Olcese transmitiendo un mensaje de optimismo en todos los aspectos afirmando que tenemos una justicia independiente y buena, de alta calidad a pesar de sus carencias y debemos tener tranquilidad y confianza en su actuación futura.