«El Tribunal Constitucional resuelve los asuntos que se le plantean, no es un legislador»
- El presidente del TC explicó pormenorizadamente la composición, competencias y funcionamiento del alto Tribunal
Madrid, 14 de marzo de 2018.- El presidente del Tribunal Constitucional, Juan José González Rivas, fue el invitado de la Tribuna del mes de marzo celebrada en el Club Financiero Génova. El presidente del TC basó su intervención en explicar qué es el alto Tribunal, sus competencias y composición. El TC es el órgano constitucional que ejerce la función de supremo intérprete de la Constitución siendo independiente en su función y sometido solo a la Constitución y a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. Sin embargo, su composición sí es dependiente de los poderes del Estado: de los doce miembros que lo forman, cuatro son nombrados a propuesta del Congreso de los Diputados; cuatro a propuesta del Senado; dos a propuesta del Gobierno de la Nación; y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.
González Rivas explicó que corresponde al TC la última interpretación de los preceptos constitucionales señalando la extensión y límites de los valores superiores de libertad, igualdad, justicia y pluralismo político. Y enumeró entre sus competencias resolver recursos de inconstitucionalidad, recursos de amparo por violación de los derechos fundamentales y libertades públicas, conflictos constitucionales entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de estas entre sí sobre declaración previa sobre la constitucionalidad de los Tratados internacionales, entre otras.
Continuó su exposición comentando que la designación para el cargo de magistrado del TC se hace por nueve años renovándose por terceras partes cada tres años y deben ser ciudadanos españoles, todos ellos juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional.
Finalizó su explicación hablando sobre las perspectivas de futuro del TC, su modernización para mejorar su eficiencia, mejoras en el tiempo de resolución y su dedicación al servicio público.
Durante el coloquio, fue preguntado por algunos de los aspectos tratados en su intervención. Una de las cuestiones planteadas fue sobre la influencia o no del TC en el poder legislativo a lo que González Rivas contestó diciendo que «el TC es un “legislador negativo” ya que solo aclara dudas o preceptos normativos que suscitan dudas» aunque puede innovar en derecho a través de las «sentencias interpretativas». Se le planteó también la cuestión de si deben formar parte solo personas del mundo del derecho o también de otros sectores tales como economistas asunto sobre el que dijo que se necesitaría un proceso de reforma del Tribunal. A la pregunta sobre si el Tribunal Constitucional debe ser una sala del Tribunal Supremo -órgano supremo de jurisdicción- contestó que se necesitaría una reforma constitucional ya que, aunque en ocasiones pudiera parecer que el TC es de mayor rango esto no es así porque su relación es competencial y no jerárquica porque, en la práctica, el TC puede anular las resoluciones del Supremo y al revés no.